DIRECCIÓN DE OPERACIONES Y SERVICIOS URBANOS
A.- DEPENDENCIA Y ESTRUCTURA
ARTÍCULO 145º.- La Dirección de Operaciones y Servicios Urbanos depende del Alcalde o Alcaldesa a través del Administrador(a) Municipal y estará a cargo de un Director de Operaciones.
Dependerán de la Dirección de Operaciones y Servicios Urbanos las Subdirecciones de: Gestión Integral de Residuos; Protección Civil y Emergencia; Ornato, Parques y Jardines; Higiene Ambiental; Mantenimiento y Transporte Municipal; y el Departamento de Alumbrado Público.
B.- OBJETIVO
ARTÍCULO 146º.- La Dirección de Operaciones y Servicios Urbanos, tendrá como objetivo atender las necesidades de aseo de la comuna, de gestión del verde urbano; del uso, mantención y disposición de los vehículos mayores y menores, de la atención en situaciones de calamidad o peligro y, finalmente, de la mantención del alumbrado público, procurando el uso más eficaz y eficiente de los recursos municipales.
C.- FUNCIONES
ARTÍCULO 147º.- A la Dirección de Operaciones y Servicios Urbanos le corresponderá las siguientes funciones generales:
- Gestionar el aseo y la limpieza urbana;
- La administración de las áreas verdes de la comuna;
- Proteger la salud de los habitantes de la comuna y de los animales de compañía;
- Realizar la provisión de los vehículos y/o servicios de transporte que se requiere para el cumplimiento de funciones municipales;
- Realizar acciones preventivas que ayuden a mitigar situaciones de riesgo para la comunidad y la prestación de auxilio en situaciones de emergencia y catástrofe, y
- Realizar la mantención del alumbrado público de la comuna.
13.1.- SUBDIRECCIÓN DE ASEO Y GESTIÓN INTEGRAL DE RESIDUOS
ARTÍCULO 148º.- La Subdirección de Aseo y Gestión Integral de Residuos, y sus departamentos de: Planificación y Control de Gestión Interna; Operaciones; Fiscalización; Administrativo y Control de Contratos; Valoración de Residuos; tendrán como objetivo el aseo de la comuna, mediante la recolección y transporte de los residuos sólidos domiciliarios y la limpieza urbana, debiendo cumplir las siguientes funciones:
- Preocuparse del retiro de basura de la comuna;
- Realizar el correcto barrido de las calles;
- Efectuar la limpieza y lavado de los lugares en que funcionan las Ferias Libres;
- Supervisar los contratos de aseo que son entregadas al área privada;
- Controlar, supervisar y verificar por medio de los inspectores la realización del aseo comunal.
- Establecer métodos y programas de gestión integral de residuos.
13.1.1.- DEPARTAMENTO DE PLANIFICACIÓN Y CONTROL DE GESTIÓN INTERNA
ARTÍCULO 149º.- El Departamento de Planificación y Gestión Interna cumple las siguientes funciones:
- Elaborar y gestionar bases técnicas y nuevas iniciativas de contratos;
- Representar a la Subdirección en todas las instancias formales de procesos Licitatorios: Comité de Bases, Comisiones Evaluadoras y otros;
- Liderar el proceso de formulación de las definiciones estratégicas de la Subdirección, coordinando las áreas claves de la institución, en el marco de los lineamientos Institucionales;
- Identificar y definir los procesos de la Subdirección de acuerdo a su criticidad e impacto, estableciendo mejoras continuas;
- Mantener y fortalecer un sistema de información para la gestión que permita medir y monitorear el cumplimiento de compromisos asociados con los programas de mejoramiento de la gestión (PMG), y objetivos de la Subdirección; y
- Dirigir la elaboración, ejecución y seguimiento de estudios, planes y programas, atendiendo los requerimientos y demandas del Administrador(a) Municipal y de las distintas unidades de la Institución.
13.1.2.- DEPARTAMENTO DE OPERACIONES
ARTÍCULO 150º.- El Departamento de Operaciones cumple las siguientes funciones:
- Elaborar y proponer planes de trabajo para el mejoramiento continuo de la recolección y transporte de los residuos sólidos domiciliarios y la limpieza urbana;
- Coordinar las acciones tendientes a implementar y desarrollar los diferentes programas de aseo que se ejecutan en la comuna;
- Planificar, organizar, controlar y evaluar el desarrollo de las actividades de las zonas de aseo y de las empresas contratadas para servicios de barrido; y
- Verificar que las diferentes zonas de aseo respondan a las necesidades que presenta la comunidad organizada, tales como: juntas de vecinos y otras organizaciones sociales.
13.1.3.- DEPARTAMENTO DE FISCALIZACIÓN
ARTÍCULO 151º.- El Departamento de Fiscalización cumple las siguientes funciones:
- Fiscalizar las funciones de los trabajadores de aseo y cumplimiento de horarios y rutas;
- Fiscalizar la implementación de los contratos de empresas externas en todos los puntos contenidos en los convenios respectivos;
- Fiscalizar a los vecinos en su cumplimiento respecto a la Ordenanza de Aseo.
13.1.4.- DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO Y CONTROL DE CONTRATOS
ARTÍCULO 152º.- El Departamento Administrativo y Control de Contratos de Gestión Interna cumple las siguientes funciones:
- Gestionar y visar el pago facturas por compras menores y servicios licitados;
- Supervisar procedimientos para aplicación de multas por servicios licitados;
- Mantención un archivo de contratos por licitaciones vigentes;
13.1.5.-DEPARTAMENTO DE VALORIZACIÓN DE RESIDUOS
ARTÍCULO 153º.- El Departamento de Valorización de Residuos cumple las siguientes funciones:
- Elaborar y proponer planes de gestión de residuos, tendientes al reducir, reutilizar y reciclar productos que disminuyan el volumen de basura generada;
- Monitorear las cifras de puesta en valor de la basura, a través de indicadores de trazabilidad;
- Establecer el nexo y la coordinación entre las empresas encargadas del reciclaje y la comunidad;
- Realizar campañas de sensibilización que propendan al crecimiento de los niveles de recolección diferenciada, mejorando los indicadores de los planes de reciclaje instalados; y
- Coordinación de las líneas de trabajo emanadas de la ley Nº20.920 que establece responsabilidades sobre la gestión y manejo de residuos sólidos.
13.2.- SUBDIRECCIÓN DE PROTECCIÓN CIVIL Y EMERGENCIA
ARTÍCULO 154º.- La Subdirección de Protección Civil y Emergencia con sus departamentos de: Protección Civil; Técnico; Operacional; y Administrativo, tendrá como objetivo colaborar operativamente en la atención y auxilio de la comunidad cuando sea afectada por catástrofes, incendios, desalojos, derrumbes, inundaciones, etc., y cumple las siguientes funciones:
- Actuar en prevención y atención de situaciones de emergencia;
- Actuar durante las situaciones de peligro que se produzcan por los rigores de la naturaleza u otros; y
- Acudir en apoyo de las labores que realiza el municipio.
13.2.1.- DEPARTAMENTO PROTECCIÓN CIVIL
ARTÍCULO 155º.- El Departamento de Protección Civil cumple las siguientes funciones:
- Asesorar al Alcalde o Alcaldesa en materias de planificación, organización, coordinación y control de actividades de prevención, mitigación, preparación, respuesta y rehabilitación para situaciones de emergencias y desastres;
- Mantener una coordinación técnica permanente con la Oficina Nacional de Emergencia del Ministerio del Interior;
- Promover y organizar actividades de integración, para la adecuada socialización, entre los organismos e instituciones integrantes del sistema de Protección Civil y en la Comunidad, de las acciones, estrategias y acciones de prevención;
- Promover y ejecutar, con el sistema de Protección Civil y en la Comunidad, acciones de extensión, educación y capacitación en prevención y capacitación;
- Recopilar y mantener estadísticas por variables de eventos destructivos que ocurren en su respectiva área jurisdiccional; y
- Mantener un directorio de contactos institucionales con su respectivo Plan de Ubicación y Llamado fuera de las horas de servicio, cuando corresponda, el que deberá actualizarse continuamente.
13.2.2.- DEPARTAMENTO TÉCNICO
ARTÍCULO 156º.- El Departamento de Técnico cumple las siguientes funciones:
- Disponer de implementación para eventos y ceremonias, sean estas solicitadas por la comunidad o por el municipio, así como también, mantenerlas en buen estado;
- Realizar informes preliminares y medidas preventivas en casos de derrumbes de propiedades;
- Informar a la Dirección de Obras u otras entidades, sobre propiedades en mal estado detectadas a través de visitas inspectivas y/o denuncios generados a través de «Aló Santiago»; y
- Solicitar la instalación de señalización preventiva como medida de emergencia en propiedades con peligro de derrumbe.
13.2.3.- DEPARTAMENTO OPERACIONAL
ARTÍCULO 157º.- El Departamento Operacional cumple las siguientes funciones:
- Mantener un sistema eficiente y capaz de responder oportunamente a las solicitudes de la comunidad y otras Direcciones Municipales; y
- Entregar una primera atención en una emergencia menor producto de la naturaleza o provocada por la acción humana.
13.2.4.- DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO
ARTÍCULO 158º.- El Departamento Administrativo, cumple las siguientes funciones:
- Supervisar personal administrativo y aplicar las normas vigentes en asistencia, informando las novedades del personal de la Subdirección;
- Velar por el estado de conservación y mantención de la infraestructura y equipamiento de las instalaciones que conforman la Subdirección; y
- Aplicar las instrucciones impartidas por la Subdirección para el control de salida de materiales de la bodega.
13.3.- SUBDIRECCIÓN DE ORNATO, PARQUES Y JARDINES
ARTÍCULO 159º.- A la Subdirección de Ornato, Parques y Jardines con sus departamentos de: Conservación y Fiscalización del Verde Urbano (parques, jardines, plazas, plazoletas, bandejones, platabandas, arbolados, techos verdes, jardines verticales y riberas de cursos de aguas); Gestión de Inversiones en el Verde Urbano; y Gestión de Parques Urbanos, tendrá las siguientes funciones:
- Promover, construir, mantener, conservar y gestionar el verdes urbano comunal;
- Fiscalizar el cumplimiento de la normativa municipal que aplica e involucra al verde urbano comunal; y
- Estudiar, diseñar y evaluar nuevos espacios para el desarrollo del verde urbano comunal.
13.3.1.- DEPARTAMENTO DE CONSERVACIÓN Y FISCALIZACIÓN DEL VERDE URBANO
ARTÍCULO 160º.- El Departamento de Conservación y Fiscalización del Verde Urbano cumple las siguientes funciones:
- Mantener, conservar y recuperar el verde urbano comuna;
- Reforestar calles y avenidas de la comuna de acuerdo al programa de arbolado urbano;
- Mantener el sistema de regadío, con un uso eficiente del recursos hídrico;
- Fiscalizar la ejecución de los contratos de mantención del verde urbano;
- Fiscalizar el cumplimiento de la legislación y ordenanzas municipales vigentes que tengan injerencia sobre el verde urbano comunal;
- Planificar, coordinar y controlar programas de sistemas adecuados para la limpieza, aseo, riego, fertilización, podas, sanidad y mantención de equipos e infraestructura;
- Promover, organizar y participar en iniciativas de educación a la comunidad; y
- Administrar y mantener el vivero municipal.
13.3.2- DEPARTAMENTO DE GESTIÓN DE INVERSIONES EN EL VERDE URBANO
ARTÍCULO 161º.- El Departamento de Gestión de Inversiones en el Verde Urbano cumple las siguientes funciones:
- Elaborar bases técnicas para contratos de mantención y adquisición de bienes;
- Diseñar, desarrollar y evaluar proyectos, tanto internos como externos, supervisando su posterior ejecución;
- Desarrollar programas para la eficiencia de recursos hídricos; y
- Planificar integralmente intervenciones en el verde urbano comunal.
13.3.3.- DEPARTAMENTO DE GESTIÓN DE PARQUES URBANOS
ARTÍCULO 162º.- El Departamento de Gestión de Parques Urbanos cumple las siguientes funciones:
- Desarrollar políticas y planes de desarrollo de corto, mediano y largo plazo de los parques de la comuna (Cerro Santa Lucia, Quinta Normal, De los Reyes, Forestal, O’Higgins y Almagro);
- Desarrollar instrumentos de planificación para cada parque a fin de regular los usos y/o actividades;
- Velar por el cumplimiento de todos los servicios que correspondan, según contratos, autorizando y controlando el desarrollo de las actividades en los parques, incluyendo la búsqueda de fuentes de financiamiento para ejecutar obras de mejoras y remodelación; y
- Administrar los parques de la comuna, velando por la correcta ejecución del o los contratos de mantención, la seguridad interna del personal y usuarios de este, como del cumplimiento de la normativa asociada a ellos.
13.4.-SUBDIRECCIÓN DE HIGIENE AMBIENTAL
ARTÍCULO 163º.- La Subdirección de Higiene con sus departamentos de: Control de Plagas; Control de Alimentos; y Zoonosis y Bienestar de Mascotas, tendrá como función:
- La protección y el fomento de la salud de los habitantes de la comuna y de los animales de compañía mediante la tenencia responsable.
- Los Departamentos que integran la Subdirección de Higiene, cumplen las siguientes funciones:
13.4.1.- DEPARTAMENTO DE CONTROL DE PLAGAS
ARTÍCULO 164º.- El Departamento de Control de Plagas cumple las siguientes funciones:
- Velar por el cumplimiento de las normas, planes y programas que haya impartido o imparta el Ministerio de Salud, relacionado con la materia de su competencia;
- Coordinar con otras unidades municipales o ministeriales, las actuaciones extra programáticas que tengan relación con la salud pública dentro de las normas legales vigentes;
- Desarrollar programas de higiene y protección del ambiente y mascotas, como asimismo, otros programas que tiendan a la prevención y tratamiento de enfermedades contagiosas, transmitidas por alimentos, zoonosis o plagas de importancia sanitaria, en coordinación con entidades privadas y con organismos del Ministerio de Salud;
- Ordenar de acuerdo a prioridades y con criterios epidemiológicos las áreas problema con relación al ambiente;
- Controlar los factores patógenos ambientales de forma que permita aplicar normas de prevención epidemiológica; y
- Fiscalizar el cumplimiento de la normativa asociada al control de plagas.
13.4.2.- DEPARTAMENTO DE CONTROL DE ALIMENTOS
ARTÍCULO 165º.- El Departamento de Control de Alimentos cumple las siguientes funciones:
- Velar por el cumplimiento de las normas, planes y programas que haya impartido o imparta el Ministerio de Salud, relacionado con la materia de su competencia;
- Coordinar con otras unidades municipales o ministeriales, las actuaciones extra programáticas que tengan relación con la salud pública dentro de las normas legales vigentes;
- Desarrollar programas de higiene y protección del Medioambiente como asimismo, otros programas que tiendan a la prevención, detección y tratamiento de enfermedades transmisibles por los alimentos (ETAs), en coordinación con entidades privadas y con organismos del Ministerio de Salud;
- Ordenar de acuerdo a prioridades y con criterios epidemiológicos las áreas problema con relación al control de elaboración y expendio de alimentos en recintos de tuición municipal (ferias libres, establecimientos educacionales, centros abiertos, jardines infantiles, salas cunas, casinos, fondas y cualquier otro recinto que la municipalidad habilite); y
- Fiscalizar el cumplimiento de la normativa asociada al control de alimentos basados en el Código Sanitario.
13.4.3.- DEPARTAMENTO DE ZOONOSIS Y BIENESTAR DE MASCOTAS
ARTÍCULO 166º.- El Departamento de Zoonosis y Bienestar de Mascotas cumple las siguientes funciones:
- Velar por el cumplimiento de normas, planes y programas que haya impartido o imparta el Ministerio de Salud u otra entidad ministerial que desarrolle programas asociados a la materia inherente a la salud y bienestar animal;
- Coordinar con otras unidades municipales o ministeriales, las actuaciones extra programáticas que tengan relación con la salud pública dentro de las normas legales vigentes;
- Desarrollar programas de higiene asociados a control de zoonosis y bienestar de mascotas; y
- Fiscalizar el cumplimiento de normativas asociadas a las competencias municipales en la ley Nº20.380 y Nº21.020 sobre maltrato animal y sobre tenencia responsable de mascotas respectivamente.
13.5.-SUBDIRECCIÓN DE MANTENIMIENTO Y TRANSPORTE MUNICIPAL
ARTÍCULO 167º.- La Subdirección de Mantenimiento y Transporte Municipal, con sus departamentos de: Control Administrativo; y Operaciones, tendrá como objetivo principal la mantención y control de todos los vehículos municipales, y cumple las siguientes funciones:
- Administrar y controlar los gastos de insumos para el transporte municipal;
- Mantener stock de combustible necesario para el normal funcionamiento de los servicios;
- Programar y ejecutar los planes de mantenimiento preventivo y correctivo para los vehículos municipales;
- Preparar las bases administrativas, técnicas y económicas para la contratación de adquisiciones y servicios con terceros; y
- Supervigilar el cumplimiento de los servicios entregados a terceros.
13.5.1.- DEPARTAMENTO OPERACIONES
ARTÍCULO 168º.- El Departamento de Operaciones cumple las siguientes funciones:
- Programar y ejecutar los planes de Mantenimiento preventivo y correctivo para los vehículos Municipales;
- Supervisar y controlar la ejecución de los gastos operacionales de la Subdirección (insumos, combustibles, etc.), llevando actualizado de ellos;
- Verificar el cumplimiento de los contratos de mantención;
- Realizar los estudios y propuestas de renovación de la flota de vehículos;
- Elaborar y proponer bases técnicas para licitación de los servicios de mantención; y
- Elaborar presupuesto anual para la mantención de los vehículos.
13.5.2.- DEPARTAMENTO DE CONTROL ADMINISTRATIVO
ARTÍCULO 169º.- El Departamento de Control Administrativo cumple las siguientes funciones:
- Realizar la administración, asignación y control de los recursos asignados, humanos y materiales;
- Proponer la contratación de los servicios externos de movilización, maquinaria y otros equipos relacionados con los servicios que se entrega;
- Gestionar la adquisición de insumos y servicios a través del Mercado Público; y
- Elaborar y controlar el presupuesto de la subdirección.
13.6- DEPARTAMENTO DE ALUMBRADO PÚBLICO
ARTÍCULO 170º.- El Departamento de Alumbrado Público cumple las siguientes funciones:
- Solicitar, analizar e informar presupuestos o cotizaciones para la contratación de obras o proyectos, cuando corresponda;
- Mantener un archivo técnico clasificado y actualizado con los expedientes de las obras que se ordene ejecutar;
- Efectuar el control de la ejecución de los contratos relativos a alumbrado público y fuentes de agua, salvo las materias que digan relación con la ejecución de obras civiles derivadas de las mismas.
- Estudiar, proponer y ejecutar, cuando corresponda, proyectos de alumbrado público en la comuna; y
- Reparar y reponer el alumbrado público dañado de la comuna, a través del contratista respectivo.