02/02/2011

Municipio de Santiago y vecinos protegen identidad patrimonial del Barrio Yungay-Brasil


Desde hace nueve meses, los vecinos del Barrio Yungay-Brasil se organizaron junto al municipio de Santiago para trabajar en el primer Instructivo referencial que regulará las intervenciones urbanas que impliquen construcción, reconstrucción y conservación en ese patrimonial sector, para normar aspectos que no son de competencia del Plan Regulador Comunal de Santiago.í‚ De esta forma, el documento busca preservar la identidad de las 48,5 hectáreas que comprende esta zona, para lo cual se realizaron 4 jornadas donde participaron juntas de vecinos y numerosas organizaciones sociales funcionales correspondientes a esta Zona Tí­pica, a los que se les sumó importantes representantes del comercio e instituciones privadas y públicas del sector.í‚ En estas reuniones se explicaron los objetivos y alcances del Instructivo, se realizaron talleres participativos de Diagnóstico y Propuestas que permitieron conocer zonas e hitos de interés patrimonial, actividades y caracterí­sticas del barrio, además establecer lineamientos definitivos para el sector, tales como tratamiento de fachadas, caracterí­sticas de la propaganda publicitaria, normas de diseño y uso de espacios públicos.í‚ A su vez, se estipuló claramente las categorí­as de protección de las edificaciones, los revestimientos y materiales prohibidos, tipos de propaganda no permitida, disposición de sistemas de ventilación y aire acondicionado en fachadas, carta de colores que se pueden aplicar a las fachadas y tratamiento del espacio público, entre otras importantes disposiciones.Asimismo, se concluyó que las futuras edificaciones en la Zona Tí­pica deberán poseer una arquitectura contemporánea acorde con el entorno, asegurando la presencia de elementos tradicionales como zócalo y cornisa. Además, el instructivo identifica las siguientes categorí­as de las edificaciones: Monumento Histórico, Inmueble de Interés Histórico-Artí­stico, Inmueble de Valor Ambiental, Inmueble Discordante e Inmueble sin interés, para los cuales establece normas de intervenciónEl alcalde Pablo Zalaquett destacó que í¢€œeste inédito trabajo realizado en conjunto con la ciudadaní­a facilita los procedimientos y trámites entre la Dirección de Obras municipales y el Consejo de Monumentos, a la vez que permite crear un criterio homogéneo de intervención en la Zona Tí­pica para llevar a cabo un desarrollo armónico de este sector patrimonialí¢€.Cabe señalar que el Instructivo de Intervención para la Zona Tí­pica de los Barrios Yungayí¢€“Brasil no define normas urbaní­sticas, ni de usos de suelo, sino que es un documento de carácter técnico y referencial para ponerlo a disposición del Consejo de Monumentos Nacionales a la hora de autorizar construcciones e intervenciones en esta zona, siendo complementario a lo estipulado en el Plan Regulador Comunal de Santiago y a la Ordenanza Local.í‚ Concluida la elaboración del Instructivo, corresponde presentarlo al Consejo de Monumentos Nacionales para su conocimiento y aprobación definitiva.Las 10 principales criterios del Instructivoí‚ 1. El Instructivo define las categorí­as de protección de las edificaciones. Es así­ que se elaboró un inventario con un total de 373 Inmuebles y Conjuntos de Valor Histórico í¢€“ Artí­stico.2.Se incluye en el Instructivo las fichas de los 2 Monumentos Históricos contenidos en el sector, así­ como 10 fichas de Monumentos Públicos y 36 fichas de especies arbóreas de Valor Paisají­stico.3.Sobre las restricciones en el tratamiento de fachadas, se estipularon los tipos de revestimientos que estarí­an prohibidos. Por ejemplo, se restringe el uso de cerámicos, martelina, revestimientos viní­licos y metálicos, vidrios tipo espejo, muros cortina, revestimientos tipo í¢€œaerobriseí¢€, en todos los edificios de la zona.4.Respecto de los tipos de propaganda, se restringe totalmente el uso de los carteles tipo í¢€œpanaflexí¢€, la propaganda escenográfica, los rotulados realizados directamente sobre la fachada y los carteles perpendiculares a las fachadas.5.Otro tipo de propagandas quedaron condicionados a las categorí­as de la edificación, permitiéndose sólo en aquellas que no tienen valor patrimonial, como por ejemplo las pinturas publicitarias sobre la fachada (en inmuebles sin interés histórico-artí­stico) y los rotulados en luz neón (condicionados al visto bueno del Consejo de Monumentos Nacionales).6.En el caso de las pegatinas de carteles directamente sobre las fachadas, éstas se condicionaron de acuerdo a una superficie máxima de 1 m킲.í‚ 7.Se prohí­ben todo tipo de ductos de ventilación y aire acondicionado a la vista en la totalidad de las fachadas de la Zona Tí­pica.8.Se define un pantone de colores para pinturas en las fachadas.9.Se regula la instalación de mesas en el espacio público de manera que permita una libre circulación de los peatones.10.Las futuras edificaciones deberán realizarse con arquitectura contemporánea pero en armoní­a con la edificación existente, para lo cual se generaron una serie de normas morfológicas que asegurarán la presencia de elementos fundamentales tales como el zócalo y la cornisa. Además se regulan: aleros, balcones, mansardas, accesos, vanos, vitrinas, cuerpos salientes y el tratamiento de las esquinas evitando que éstas sean ciegas.


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