02/10/2013

Licencias de Conducir en el marco de la Nueva Ley de Donación de í“rganos


Señor contribuyente:

Con motivo de la entrada en vigencia  de la nueva Ley Nº 20.673 que modifica la Ley Nº 19.451 respecto a la determinación de quienes pueden ser considerados Donantes de Órganos, las Direcciones de Tránsito ya no intervendrán en esta materia. Lo anterior, se debe a que la nueva Ley señala que toda persona mayor de 18 años será considerada como donante de sus órganos una vez fallecida, por el sólo ministerio de la Ley, exceptuando quienes manifiesten lo contrario mediante declaración jurada ante notario.  Este último  deberá remitir dicha información al Registro Civil para efectos del Registro Nacional de No Donantes, por tanto ya no será materia de los municipios la entrega de la misma.

Atte.
Dirección de Tránsito I. Municipalidad de Santiago


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