10/10/2013

Municipalidad de Santiago actualiza ordenanza que regula el comercio en espacios públicos


Cambios en reglamentación, aprobados por unanimidad por el Concejo Municipal el 11 de septiembre pasado, tendrá un proceso de regularización, para luego iniciar su implementación gradual.

Entre las novedades destaca que a partir de ahora se efectuará un proceso transparente, y con criterios objetivos, para que los interesados postulen a un permiso, el cual no podrá ser transado, vendido o arrendado.


La Municipalidad de Santiago actualizó la ordenanza municipal que regula el comercio en bienes nacionales de uso público, como plazas, paseos peatonales y ferias libres, normativa cuyas nuevas disposiciones fueron aprobadas por unanimidad en el Concejo Municipal el pasado 11 de septiembre.

Los cambios en la denominada Ordenanza 59, que data del año 1994 y que hoy se moderniza, establece nuevas disposiciones respecto del otorgamiento de los permisos para la venta en la vía pública, siendo una de sus principales novedades la nueva forma de otorgar los permisos, estableciendo un nuevo método de postulación y entrega de estas autorizaciones.

En efecto, a partir de ahora se crea un sistema transparente, con criterios objetivos de evaluación y a cargo de una comisión técnica, no quedando al arbitrio de la autoridad edilicia de turno. Asimismo, se otorga un permiso precario a un titular y no a través de sindicatos o asociaciones, regulando también la presencia de los ayudantes y los suplentes, prohibiendo expresamente que estos permisos sean transables (vendidos o arrendados).

Los criterios de evaluación para otorgar la autorización municipal consideran la comuna de origen del postulante, si éste presenta alguna discapacidad o enfermedad invalidante, si es jefe (a) de hogar, el puntaje en su ficha de protección social, situación laboral, informe social y si posee otros ingresos. La suma de esos antecedentes permitirá la entrega de un permiso precario, con una credencial en que el titular está debidamente identificado y que podrá ser exigido por la autoridad.

En el caso de aquellos que no posean ese documento, corresponderá a personal de Carabineros proceder al retiro de ese comerciante ilegal. Asimismo, será causal de sanción o incluso cesación del permiso en aquellos casos en que el titular se ausentase injustificadamente, o que no cumpla con las disposiciones establecidas en la ordenanza.

La aplicación de estas nuevas disposiciones comenzará con un proceso de regularización durante un periodo de 30 días, en donde distintas áreas del municipio evalúan la situación actual del comercio callejero, en especial de aquellas personas que contaban con este instrumento ilegal llamado “tolerancias” –otorgado en administraciones anteriores-, para luego comenzar su implementación gradual, partiendo por el centro histórico de la comuna y continuando luego con otros sectores, como Barrio Meiggs y Franklin.

Cabe señalar que el proceso de elaboración de estos nuevos criterios para la Ordenanza 59 comenzó con la creación de un equipo de trabajo multisectorial, misión que fue encomendada por alcaldesa Carolina Tohá al iniciar su administración, instancia integrada por la autoridad comunal y un grupo de directores y asesores, quienes diseñaron estas nuevas modificaciones que luego fueron socializadas con juntas de vecinos, organizaciones sociales, el Consejo de la Sociedad Civil (COSOC) y los concejales, lográndose este resultado final.

Para acceder al documento completo, pinche aquí.

 

 


Ir al contenido