26/04/2013

Alcaldesa Tohá anuncia que Consejos Escolares serán resolutivos en todos los colegios de Santiago


De esta manera, estudiantes tendrán la posibilidad de influir en las decisiones que se adopten en conjunto con la dirección del colegio, en materias como proyecto educativo, actividades extracurriculares y reglamentación interna.


Con la presencia de dirigentes estudiantiles de liceos municipales de la comuna, además de profesores y representantes de los centros de padres, la alcaldesa de Santiago, Carolina Tohá, anunció esta mañana que los Consejos Escolares de todos establecimientos educacionales municipales tendrán a partir de hoy carácter resolutivo en aquellas materias que establece la ley.

En la reunión, realizada en dependencias del Liceo Industrial Eliodoro García Zegers, la jefa comunal explicó que es potestad de los sostenedores de los colegios  otorgar o no este carácter resolutivo a sus consejos, y que por tanto el municipio de Santiago, en el rol de administrador de liceos y escuelas de la comuna, decidió permitir que dichas instancias estudiantiles tengan también voz y voto en las decisiones que se adoptan junto a la dirección.


“La ley establece la obligación de crear los consejos escolares, pero en la práctica han funcionado en forma intermitente o ni siquiera existen, y es porque sus integrantes consideran que nada importante se decide ahí. Pues bien, nosotros hemos decido dar este paso en Santiago de entregar potestad resolutiva a estos consejos en lo que se refiere al proyecto educativo, el reglamento interno y las actividades extracurriculares”, explicó la alcaldesa Tohá.


La jefa comunal opinó que en los últimos años se ha ido acumulando mucha desazón entre los estudiantes santiaguinos, por problemas de comunicación y confianza, por lo que a su juicio “la única manera de reconstruir las confianzas es escuchando, poniéndose de acuerdo, que es lo que corresponde en una instancia que es educativa, y por lo tanto estos consejos escolares también los vemos como una oportunidad para recuperar esos lazos y el buen clima interno en los colegios de la comuna”.

La Ley 19.979, de Jornada Escolar Completa Diurna, crea los Consejos Escolares para todos los establecimientos subvencionados del país, formación que es obligatoria, por lo que no se puede prohibir su constitución, mientras que el Decreto Nº 24 de 2005, que reglamenta dichos consejos, señala en su artículo 2º que “tendrá carácter, informativo, consultivo y propositivo, salvo que el sostenedor decida darle carácter resolutivo”.

En el caso de Santiago, se les otorgará este carácter resolutivo a aquellos Consejos Escolares que lleven funcionando a lo menos un año con los integrantes que señala la ley (es decir directores, sostenedores o sus representantes, docentes y paradocentes, Centro de Alumnos y Centro de Padres), para lo cual la Dirección de Educación Municipal (DEM) realizará un acompañamiento y evaluación del funcionamiento de este proceso.

Los Consejos Escolares serán resolutivos en las siguientes materias:

1) Proyecto Educativo Institucional: Instrumento orientador de la gestión institucional, que contiene los principios y objetivos de la acción educativa.

2) Programación anual y actividades extracurriculares: Programación anual de actividades del Proyecto Educativo Institucional acordes con los desafíos de política comunal, mientras que las actividades extracurriculares corresponden a las acciones de aprendizaje integrales fuera de la jornada escolar.

3) Revisión, modificaciones y aprobación del reglamento interno del establecimiento: El Consejo Escolar participará en la revisión y aprobación del reglamento interno, preocupándose del resguardo de los derechos y cumplimiento de los deberes de los (as) integrantes de la comunidad educativa y del buen funcionamiento del establecimiento.

 


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