28/12/2011

Nueva ordenanza sobre tenencia responsable de mascotas para Santiago


Desde el pasado mes de diciembre, Santiago cuenta con una nueva Ordenanza municipal de Tenencia Responsable de Mascotas que establece en forma precisa las posibles multas, derechos y deberes que deben cumplir los vecinos que posean animales domésticos y de compañí­a en sus hogares.

La normativa, que comenzará a regir a partir de mayo del presente año, surgió por el explosivo aumento de la población canina y felina, así­ como por la gran cantidad mordeduras de perros vagos en diversas comunas del paí­s.

El objetivo del reglamento es fijar las condiciones sanitarias básicas que deben cumplirse respecto de estos animales; controlar su población; evitar enfermedades zoonóticas y fomentar la tenencia responsable de estos animales, entre otras cosas.

En este sentido, todos los propietarios deberán inscribir a sus animales en registros especiales de la Dirección de Higiene Ambiental de la I. Municipalidad de Santiago, quienes accederán a un dispositivo (chips) de identificación que se le colocará a cada animal.

Regulaciones

Todos los perros deberán transitar con cadenas. En el caso de las razas consideradas peligrosas y que por sus caracterí­sticas morfológicas y raciales tengan capacidad para causar lesiones graves a las personas, se exigirá el uso de bozal.

Cuando un perro sea encontrado en la calle sin su amo, se procederá a devolverlo al domicilio que registre su identificación, cargándole a su dueño los costos que implique el proceso.

En caso de animales enfermos o heridos en la ví­a pública, serán retirados por personal de la Dirección de Higiene Ambiental y trasladados a la entidad con quien la Municipalidad haya suscrito convenio para tal efecto.

Todo perro con sí­ntomas de Rabia y que haya mordido a personas en la calle, será remitido al Instituto de Salud Pública para la vigilancia epidemiológica, quedando sujeto al procedimiento que fije ese organismo.í‚

En los espacios de uso público bajo tuición municipal, se podrá llevar un registro del ingreso de las mascotas y sus dueños, procurando individualizarlos.

Fiscalización y Sanciones

La fiscalización para el cumplimiento de las medidas corresponderá a los Médicos Veterinarios de la Dirección de Higiene Ambiental, a los Inspectores Municipales de las distintas reparticiones y a Carabineros de Chile.

Las infracciones a la Ordenanza serán denunciadas al Juzgado de Policí­a Local y sancionadas con multas de 1 a 5 U.T.M., y su reincidencia al máximo de lo establecido, sin perjuicio de la remisión de los antecedentes al Ministerio Público, en caso de que los hechos denoten la existencia de la comisión de uno o más delitos.

El Juez de Policí­a Local, además, podrá aplicar como sanción alternativa la asistencia a un Taller de Tenencia Responsable dictado por profesionales de la Dirección de Higiene Ambiental.

Esta Ordenanza es complementaria al Reglamento N킺 89/02 del Ministerio de Salud sobre Prevención de la Rabia en el Hombre y ení‚ los Animales.


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