DIRECCIÓN DE COMUNICACIONES
A.- DEPENDENCIA Y ESTRUCTURA
ARTÍCULO 51º.-La Dirección de Comunicaciones depende del Alcalde o Alcaldesa a través del Administrador(a) Municipal y estará a cargo de un Director(a) de Comunicaciones. Dependerán de la Dirección de Comunicaciones los siguientes Departamentos: Prensa; Difusión; Relaciones Públicas e Institucionales; Comunicación Digital; y Administración.
B.- OBJETIVO
ARTÍCULO 52º.- La Dirección de Comunicaciones tendrá como objetivo procurar el eficiente desarrollo de las comunicaciones entre la comunidad y la Municipalidad.
C.- FUNCIONES
ARTÍCULO 53º.- La Dirección de Comunicaciones cumple las siguientes funciones:
- Mantener oportunamente informada a la comunidad sobre las actividades municipales y otras materias que sean de su interés, a través de distintos soportes y plataformas;
- Informar al Alcalde o Alcaldesa sobre planteamientos relacionados con la administración de la comuna que se publiquen o transmitan por los medios de comunicación social o directamente por los habitantes de la comuna;
- Asesorar al Alcalde o Alcaldesa en todas las materias relativas a relaciones públicas, comunicación social y actividades protocolares;
- Programar y apoyar el desarrollo de las actividades públicas y protocolares del Alcalde o Alcaldesa;
- Mantener un archivo actualizado con todas las publicaciones relacionadas con las administración comunal; y
- Realizar y apoyar a todas las Direcciones en lo relacionado con labores de su especialidad en las circunstancias que el Alcalde o Alcaldesa lo solicite o las Direcciones lo precisen.
7.1.- DEPARTAMENTO DE PRENSA
ARTÍCULO 54º.- El Departamento de Prensa cumple las siguientes funciones:
- Informar a la comunidad a través de los medios de comunicación tradicionales, como también de las redes sociales y otros soportes, los programas y actividades del municipio;
- Organizar, coordinar y producir pautas de prensa, comunicados, móviles de TV, material informativo en general, en soporte de papel o digital; entrevistas de Alcalde o Alcaldesa o voceros técnicos municipales, entre otras acciones; y
- Atender los requerimientos de la prensa.
7.2.- DEPARTAMENTO DE DIFUSIÓN
ARTÍCULO 55º.- El Departamento de Difusión, cumple las siguientes funciones:
- Generar y/o coordinar estrategias de difusión de campañas y actividades del municipio con otras unidades municipales u otras instituciones;
- Creación y producción de los elementos técnicos de difusión; y
- Planificación, producir y coordinar la instalación de material de difusión.
7.3.- DEPARTAMENTO DE RELACIONES PÚBLICAS E INSTITUCIONALES
ARTÍCULO 56º.- El Departamento Relaciones Públicas e Institucionales cumple las siguientes funciones:
- Producir y coordinar las ceremonias, eventos y actividades que realiza el municipio con la comunidad y con las diferentes organizaciones sociales, culturales, deportivas, así como también con instituciones públicas y privadas;
- Asesorar al Alcalde o Alcaldesa y autoridades municipales en materias de ceremonia y protocolo; y
- Dar respuesta a las diversas consultas, inquietudes y peticiones solicitadas por los vecinos y usuarios de Santiago, específicamente en materia de apoyo logístico para actividades comunitarias.
7.4.- DEPARTAMENTO DE COMUNICACIÓN DIGITAL
ARTÍCULO 57º.- El Departamento Comunicación Digital cumple las siguientes funciones:
- Administrar el portal web municipal, las redes sociales del municipio y el correo corporativo;
- Producir y/o coordinar productos o proyectos comunicacionales en formato digital: páginas web, gráfica multimedia, piezas optimizadas para medios electrónicos, entre otros;
- Asesorar a las unidades municipales respecto a la difusión de sus actividades y de proyectos específicos que tengan un perfil digital; y
- Diseñar estrategias comunicacionales para mejorar y potenciar la comunicación interna del municipio, a través de canales como el correo corporativo, boletín de funcionarios y distribución de material informativo general, entre otros.
7.5.- DEPARTAMENTO DE ADMINISTRACIÓN
ARTÍCULO 58º.- El Departamento de Administración, cumple las siguientes funciones:
- Contratar a través de Mercado Público bienes y servicios para la realización de actividades y/o ceremonias que realiza la Dirección;
- Administrar contratos que ejecuta la Dirección para el desarrollo de las actividades;
- Administrar los recursos financieros de publicidad y difusión y gastos de representación de la ciudad, asignados a la Dirección;
- Apoyar en el proceso de tramitación de pagos de facturas y/o boletas; y
- Mantener registro de los gastos de los diferentes clasificadores que maneja la Dirección para la formulación del presupuesto anual.