DIRECCI脫N DE GESTI脫N DE PERSONAS
ART脥CULO 186潞.- La Direcci贸n de Gesti贸n de Personas depende del Alcalde a trav茅s del Administrador/a Municipal y estar谩 a cargo de un Director de Gesti贸n de Personas
Depender谩n de la Direcci贸n de Gesti贸n de Personas los Departamentos: de Administraci贸n de Personas; de Remuneraciones; de Licencias M茅dicas; de Prevenci贸n de Riesgos; de Capacitaci贸n; y de Bienestar.
ARTICULO 187潞.- A la Direcci贸n de Gesti贸n de Personas con sus Departamentos de Administraci贸n de Personas, Remuneraciones, Licencias M茅dicas, Prevenci贸n de Riesgos, Capacitaci贸n y Bienestar, tendr谩 como objetivo realizar una eficiente administraci贸n de personal, realizar acciones de capacitaci贸n, prevenci贸n de accidentes del trabajo y enfermedades profesionales, y deber谩 cumplir las siguientes funciones:
- Asesorar al Alcalde en la administraci贸n del personal de la Municipalidad;
- Proponer las pol铆ticas generales de administraci贸n de gesti贸n de personas, teniendo en consideraci贸n las normar estatutarias pertinentes y los principios de administraci贸n de personal;
- Proveer oportunamente el personal a las unidades que los requieran, habilitando y seleccionando al personal y aplicando las normas relativas a la carrera funcionaria;
- Ejecutar y tramitar la incorporaci贸n, promoci贸n, destinaci贸n o desvinculaci贸n del personal e igualmente lo relativo a las licencias m茅dicas, permisos, asignaciones familiares y todo lo relacionado con las necesidades que implique el desarrollo de las personas;
- Actuar como Secretar铆a Ejecutiva en la Junta Calificadora y en el Programa de Mejoramiento de la Gesti贸n (PMG) en sus versiones Institucional y Colectiva;
- Mantener actualizados los reglamentos que consideran a las personas que prestan servicios directos e indirectos a la Municipalidad de Santiago, y
- Supervisar el cumplimiento de la Ley N潞 17.379 y su respectivo Reglamento, que crea el Bienestar Social en la I.M.S.
16.1.- DEPARTAMENTO DE ADMINISTRACI脫N DE PERSONAS
ART脥CULO 188潞.- El Departamento de Administraci贸n de Personas cumple las siguientes funciones:
- Mantener actualizados los registros con toda la informaci贸n referida al sistema de personal y sus antecedentes, en materias como: asistencia y horario del personal, permisos y feriados legales; como tambi茅n, al movimiento de las personas y su desvinculaci贸n.
- Ejecutar y tramitar la incorporaci贸n, promoci贸n, destinaci贸n y/o desvinculaci贸n de las personas que prestan servicio al municipio;
- Aplicar el sistema de calificaciones del personal, entregando los antecedentes y asesor铆a a la Junta Calificadora;
- Proveer del personal a las unidades municipales que lo requieran, participando en el proceso de reclutamiento y selecci贸n del personal, aplicando las normas pertinentes; y
- Actualizar y aplicar efectiva de los reglamentos que consideran a las personas que prestan servicios a la Municipalidad de Santiago
16.2.- DEPARTAMENTO DE REMUNERACIONES
ART脥CULO 189潞.- El Departamento de Remuneraciones cumple las siguientes funciones:
- Calcular, registrar y liquidar las remuneraciones del personal;
- Asesorar al personal sobre los distintos aspectos que considera la remuneraci贸n fija y variable, como tambi茅n bonos y asignaciones que en ella se consideran; y
- Confeccionar certificados de sueldos, de rentas para el Servicio de Impuestos Internos, as铆 como diversos certificados atingentes a las materias de rentas de los funcionarios, para las ISAPRES, administradoras de fondos de pensiones y otras instituciones.
16.3.- DEPARTAMENTO DE GESTI脫N DE LICENCIAS M脡DICAS
ART脥CULO 190潞.- El Departamento de Licencias M茅dicas cumple las siguientes funciones:
- Recibir las licencias m茅dicas del 脕rea Municipal, registrarlas en el sistema y enviarlas a las distintas instituciones de salud, dentro del plazo legal;
- Cobrar y recibir el pago de las licencias m茅dicas de todas las 谩reas (Municipal, Educaci贸n y Salud) a las distintas instituciones de salud;
- Ingresar el pago de las licencias m茅dicas a Tesorer铆a Municipal e informar la distribuci贸n de los dineros a las distintas 脕reas (Municipal, Educaci贸n y Salud);
- Realizar cobranza a las distintas instituciones de salud en caso de no pago o pago incompleto;
- Informar a las distintas unidades de remuneraciones (Municipal, Educaci贸n y Salud) las licencias m茅dicas reducidas o rechazadas para que procedan los descuentos y verificar su cumplimiento.
16.4.- DEPARTAMENTO DE PREVENCI脫N DE RIESGOS
ART脥CULO 191潞.- El Departamento de Prevenci贸n de Riesgos cumple las siguientes funciones:
- Realizar acciones de prevenci贸n de accidentes del trabajo y enfermedades profesionales;
- Evaluar e informar las condiciones de riesgo en los lugares de trabajo, recomendando las correcciones necesarias;
- Llevar a cabo acciones educativas que promuevan el desarrollo de condiciones y conductas de trabajo seguras;
- Capacitar y asesorar a los comit茅s paritarios, jefes de departamentos y funcionarios en general, en materias propias de la prevenci贸n de riesgos profesionales; y
- Aplicar y actualizaci贸n el Reglamento Interno de Orden, Higiene y Seguridad y el Reglamento sobre Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales.
16.5.- DEPARTAMENTO DE CAPACITACI脫N
ART脥CULO 192潞.- El Departamento de Capacitaci贸n cumple las siguientes funciones:
- Proponer y llevar a cabo programas de capacitaci贸n para el personal, de acuerdo a los lineamientos generales entregados por el Alcalde o Alcaldesa y las unidades de las distintas reparticiones;
- Elaborar y ejecutar el plan anual de capacitaci贸n;
- Detectar los requerimientos y necesidades prioritarias de perfeccionamiento, a nivel institucional, a nivel de gesti贸n y a nivel de funcionarios; y
16.6.- DEPARTAMENTO DE BIENESTAR SOCIAL
ART脥CULO 193潞.- El Departamento de Bienestar Social es una Unidad dependiente de la Direcci贸n de Gesti贸n de Personas, con sus secciones de Servicio Social, Bonificaciones y atenci贸n de convenios, Finanzas e Inform谩tica y Administraci贸n y Control de gesti贸n, le corresponder谩 las siguientes funciones
- Cautelar el cumplimiento de las disposiciones contenidas en la Ley N潞
- 17.379 que autoriza a la Municipalidad de Santiago para organizar una Secci贸n de Bienestar y su posterior Reglamento;
- Analizar y proponer permanentemente a la Junta de Bienestar actividades, acciones, programas y otros afines que vayan en directo beneficio de sus afiliados y sus familias;
- Mantener informados a los afiliados sobre las normativas, beneficios, convenios, actividades, presupuesto y en general, del quehacer del Bienestar Social;
- Coordinar el funcionamiento regular de la Junta de Bienestar social;
- Gestionar y administrar recursos financieros propios y externos, resguardando los debidos procedimientos de control y transparencia;
- Administrar Sala Cuna y Jard铆n Infantil Municipal, apoyar a la madre funcionaria, entregando cuidado y educaci贸n preescolar integral a sus hijos y cargas familiares; y
- Gestionar y administrar el contrato del Casino Municipal.